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Loza e Iza
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Propuestas de actuación

 

Pamplona, Abril de 1997

1.- Superficie a considerar

La laguna ya fue considerada como reserva natural potencial en un estudio de 1985 encargado por el Gobierno de Navarra y con una extensión de 53 hectáreas (junto con la Poza de Iza). Sin embargo esta propuesta nunca llegó a hacerse oficial. La laguna de Loza ha sido incluida en el inventario de zonas húmedas de Aquitania, País Vasco y Navarra recientemente publicado (finales del 96) por el Gobierno de Navarra con una extensión de 29,7 hectáreas. Finalmente la misma aparece también en el Inventario de Zonas Húmedas de Navarra publicado en el BON del 29 de enero del 97. Sorprentemente en este inventario solo se le asignan 10 hectáreas, sin especificar cuales, lo que hace sospechar la connivencia del Gobierno de Navarra con las autoridades locales para desecar el resto de la misma lo que nos parece inaceptable.

Conviene recordar que la balsa de Loza es un terreno cercado y, por consiguiente, perfectamente delimitado de 38,8 hectáreas el cual se inunda totalmente en la actualidad en cuanto las precipitaciones superan la capacidad de drenaje de los canales (ver foto). Es por lo tanto, completamente falso que "en los momentos de máximo nivel el agua sólo ocupa unas 10 Ha.". Es imprescindible que en cualquier plan de ordenación de la Laguna se tenga en cuenta la totalidad de su superficie actual que como decimos está perfectamente delimitada por el vallado. Además de incluir la poza de Iza con su perímetro de carrizal.

2.- Plan de actuaciones.

A nuestro juicio la construcción de un dique para mantener un embalsamiento controlado es una actuación demasiado agresiva y sumamente peligrosa desde el punto de vista medioambiental ya que corremos el peligro de transformar un ecosistema palustre en una bañera para patos. Si unimos a esto la situación y orientación donde está proyectado el dique de tierra el despropósito es aún mayor.

El dique está proyectado para garantizar el nivel de agua únicamente en la zona de carrizo, menos de la tercera parte del conjunto del ecosistema lacustre. Además, está diseñado precisamente para evitar la anegación de la pradera circundante sometida a inundación estacional. Esta zona es parte fundamental de la riqueza biológica de la laguna, esencial para muchas especies de limícolas, ardeidas y gansos, y por otro lado, una fuente importante de ingresos para el Concejo de Loza. No cabe ninguna duda, que el mantener en esta zona el nivel natural de agua conllevaría un quebranto económico a los vecinos de Loza el cual debería ser asumido por el Departamento de Medio Ambiente.

2.1.- Actuaciones.

Las actuaciones prioritarias serían las siguientes.

a) Obstaculizar el canal central de drenaje que vacía el agua de la laguna hacia el río Juslapeña. La experiencia nos dice que el más mínimo obstáculo en los canales de drenaje disminuyen sumamente su eficacia y hacen que la laguna mantenga niveles de agua mayores durante más tiempo. De este modo, el cierre de este canal haría que rápidamente se recobrasen los niveles naturales de agua en el ecosistema. La obra sería mínima.

b) Vallar la zona de carrizo al acceso del ganado. En esta zona, además de ser potencial área de cría de diversas especies de aves, también se realiza la puesta de poblaciones de anfibios amenazadas. Creemos que esta actuación es muy necesaria.

c) Llegar a un acuerdo económico con el Concejo de Loza. No cabe ninguna duda que a los vecinos del pueblo les asiste el derecho de obtener un beneficio económico de una laguna de su propiedad. Es por ello que proponemos como solución que el Concejo y el Gobierno de Navarra busquen un acuerdo económico que compense al Concejo por la falta de ingresos que la incorporación de esta balsa al patrimonio natural común de todos los navarros pueda producir. Esta fórmula ha dado buen resultado en la recuperación y conservación de la laguna de Pitillas. Con un costo mucho menos elevado, hay que esperar la racionalidad y el sentido común del Concejo y de los responsables de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra, se podría obtener un beneficio medioambiental y social-educativo tanto o más elevado.

Otras actuaciones.

d) Alcanzar un acuerdo con la empresa propietaria de los tendidos eléctricos que atraviesan esta laguna así como la vecina poza de Iza para su desvío fuera del ámbito de las mismas o bien su enterramiento a lo largo de ellas.

e) A medio plazo cabria la posibilidad de considerar la creación de una barrera natural de vegetación en los limites de la misma (por ejemplo con pies de espino y otras plantas que ya protegen la misma en alguna parte de su contorno) que garantizara la tranquilidad de la misma, así como la posible instalación de uno o dos observatorios que permitieran un estudio detenido de la avifauna de la laguna y rentabilizaran la misma desde el punto de vista educativo y medioambiental.

2.2.- Aprovechamientos ganadero y cinegético

Estimamos que el aprovechamiento ganadero no sólo debe ser compatible con la recuperación de la zona húmeda sino que es conveniente para la conservación de la misma, por lo menos en la zona de pastizal. Las zonas donde se realizan las puestas de anfibios escasos deberían ser protegidas del acceso de ganado. Las sucesivas avenidas aportan a la balsa un exceso de nutrientes minerales que provocan un aumento artificial de la fertilidad de la misma (proceso de eutrofización) y podrían llevar a la colmatación de la misma a medio o largo plazo de no mediar una extracción de nutrientes mediante le pastoreo. Existen en otras zonas húmedas de la península experiencias piloto para mantener determinadas especies de ganado vacuno adaptado a las zonas húmedas aprovechando este tipo de hábitats.

Pensamos que un aprovechamiento comedido de las especies cinegéticas podría compatibilizarse con la recuperación de la laguna.

2.3.- Declaración como Espacio Natural Protegido.

La inclusión de las lagunas de Loza-Iza dentro de una figura de protección conlleva la realización previa de un estudio más profundo, sobre todo en cuanto a la posible gestión de sus usos públicos y divulgativos. Creemos que la protección más efectiva sería realizar las actuaciones y llegar a los acuerdos necesarios para mantener la dinámica natural de la laguna.

Sí creemos necesario que su presencia dentro del Inventario de Zonas Húmedas de Navarra no esté mutilada como hasta ahora y rápidamente se le asignen las hectáreas correspondientes a la superficie vallada (Parcelas 163, 164A, 170, 169, 171A, 171B y 162 del polígono 11) de la balsa de Loza, más la superficie correspondientes a la poza de Iza.

Además consideramos que las actuaciones realizadas en la laguna en los últimos meses contradicen el articulo 7.2.e de la Ley Foral de normas urbanísticas regionales para la protección y uso del territorio que dice que "quedan prohibidas las acciones u omisiones que... impliquen: destrucción o contaminación de las zonas húmedas o de su entorno próximo, sin perjuicio de lo contemplado en la ley de aguas" y el articulo 4.2 del Decreto Foral 4/1997 por el que se crea el Inventario de Zonas Húmedas de Navarra y que dice que "en todo caso, queda prohibida la desaparición o la transformación en tierra de labor de las zonas húmedas" por lo que los poderes públicos deberían implicarse en la corrección de tales acciones.

 
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