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Convenio de Ramsar
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Criterios para la designación de un sitio Ramsar

 

Varios son los criterios que se pueden aplicar para la consideración de un humedal como zona de importancia internacional. Unos son criterios genéricos y otros son criterios numéricos más objetivamente evaluables. La mayoría de las zonas húmedas han sido designadas en función de este segundo grupo de criterios y, en particular, en el criterio de presencia de aves basado en censos anuales.

1. Una zona húmeda puede ser designada como sitio de Ramsar si es un ejemplo representativo de zona natural o semi-natural característico de una región biogeográfica o común a varias de ellas, o bien, porque juegue un importante papel hidrológico, biológico o ecológico. También puede ser designada como zona de Ramsar las zonas raras o escasas en una región biogeográfica determinada.

2. El segundo criterio genérico se refiere a la presencia habitual de especies o subespecies sin referencia a su cantidad. Así, puede ser designada zona de Ramsar la que acoja un número apreciable de especies o subespecies raras, vulnerables o en peligro de extinción de plantas o animales. O un número apreciable de individuos de alguna de ellas. También cuando la zona tenga especial interés para el mantenimiento de la diversidad ecológica o genética de la región basándose en las peculiaridades de su fauna y flora. Finalmente cuando represente un hábitat de especial valor en algún momento crítico del ciclo biológico de determinadas plantas o animales o cuando sea utilizada por especies endémicas de plantas o animales.

3. El tercer criterio es un conjunto de criterios numéricos de fácil evaluación y, por consiguiente, el que se ha empleado, como se ha dicho más arriba, de una forma más frecuente.

El primer apartado dice que una zona debe ser considerada como de importancia internacional cuando acoja regularmente 20.000 aves acuáticas o más.

El segundo subcriterio es genérico y el tercer subcriterio clasifica como de importancia internacional las zonas que acojan por encima del 1% de la población de una especie o subespecie. Para la aplicación uniforme de este criterio se han elaborado tablas basadas en censos plurinacionales repetitivos en las que se reflejan los efectivos numéricos de todas las poblaciones de aves acuáticas. Así, por ejemplo, para que una zona húmeda sea considerada de importancia internacional por la presencia invernal del ganso común debe contabilizar 1.200 ejemplares para la población del noroeste europeo.

4. Finalmente, un cuarto grupo de criterios clasifica las zonas húmedas en función a la riqueza, abundancia y diversidad de peces.

Los sitios de Ramsar deben ser identificados con una leyenda particular y aquellos que sufran modificaciones significativas deben ser incorporados a una lista denominada fichero de Montreux para un seguimiento más pormenorizado de las circunstancias que llevaron a esa modificación o hasta que las mismas desaparezcan.

 
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