El requisito más importante lo constituye la designación
de, al menos, un sitio de Ramsar por estado adherido.
Otros requisitos son más generales y entre ellos cabe
destacar la obligación de incluir la conservación de los humedales en la
política general de ordenación del territorio o el requerimiento de
promover la conservación de las zonas húmedas sean o no consideradas
como sitios de Ramsar. Los países contratantes se comprometen también a
consultar a otras partes subscribientes del tratado acerca del desarrollo
del mismo, así como sobre las zonas húmedas transfronterizas, sistemas
de acuíferos o especies compartidos y para la ayuda al desarrollo de
proyectos con relación a las zonas húmedas.